Iniciar un negocio y constituir su empresa comienza con la elección de la estructura legal más adecuada para su proyecto. Por ejemplo, ¿cuál es la situación de una empresa unipersonal o la nueva forma jurídica de una "sociedad anónima simplificada"? El CRI (Centro Regional de Inversiones) explica estas opciones y los pasos a seguir para crear su empresa.
Una empresa unipersonal opera a nombre de una persona para ejercer una profesión liberal o dedicarse a una actividad económica. Fácil de establecer, sin inversión mínima requerida, permite a los emprendedores lanzar sus negocios manteniendo el control exclusivo.
La empresa y su propietario se consideran una sola entidad, y los activos empresariales y personales se combinan, lo que hace al empresario responsable personal e indefinidamente de las deudas de la empresa. El régimen fiscal es el del impuesto sobre la renta, y la empresa está exenta de la obligación de publicar un anuncio en la prensa al momento de su constitución legal.
Como forma simplificada de empresa individual introducida en 2014, el estatus de trabajador autónomo es accesible a cualquier persona física residente en Marruecos que realice, en su propio nombre e individualmente, una actividad independiente basada en su propio trabajo, habilidades o conocimientos técnicos para generar ingresos.
Abarca un amplio abanico de ocupaciones comerciales, industriales, artesanales o de servicios, beneficiándose de una serie de ventajas, entre ellas la exención de inscripción en el Registro Mercantil y una fiscalidad reducida.
Además de estas ventajas, su procedimiento de creación legal es relativamente más sencillo y pasa por los bancos socios de Poste Maroc.
Para obtener más información, visite el sitio web para autónomos: www.ae.gov.ma
Este es el único tipo de sociedad en Marruecos donde todos los socios están registrados como comerciantes y responden solidariamente de las deudas de la empresa. No se requiere un capital mínimo para su constitución, y las acciones solo pueden transferirse con el consentimiento de todos los socios. La sociedad colectiva (SNC) está sujeta automáticamente al impuesto sobre la renta, pero puede optar irrevocablemente por el impuesto de sociedades.
Esta forma de sociedad, relativamente poco común, se distingue por la presencia de socios comanditarios y colectivos. Permite a inversores externos crear o adquirir una empresa aportando capital sin intervenir en su gestión. Los socios colectivos son considerados comerciantes; administran la empresa y responden solidariamente de sus deudas. Los socios comanditarios solo responden de las deudas de la empresa hasta el importe de su inversión.
La SARL (sociedad de responsabilidad limitada), una forma muy común de estructura empresarial, es un tipo intermedio de empresa, a medio camino entre las sociedades colectivas y las corporaciones. Puede ser creada por un solo accionista. Sujeta al impuesto sobre la renta de sociedades, adquiere personalidad jurídica al inscribirse en el registro mercantil. La responsabilidad de los accionistas se limita al importe de sus aportaciones de capital, mientras que la auditoría por parte de un auditor legal solo es obligatoria para las empresas con una facturación superior a 50 millones de dirhams. Las empresas financieras no pueden operar bajo esta estructura.
Esta nueva forma, introducida por la Ley 19.20, representa una flexibilidad y adaptabilidad inigualables. La SAS (Sociedad por Acciones Simplificada) puede ser constituida por una sola persona jurídica o física, en cuyo caso se denomina SASU (Sociedad por Acciones Simplificada con un Accionista Único). Su estructura organizativa y de gestión se determina libremente en sus estatutos sociales.
Una empresa conjunta no registrada carece de personalidad jurídica y no está sujeta a formalidades de publicación. No está destinada a ser conocida por terceros y opera libremente. Constituida por al menos dos personas, cada socio debe aportar efectivo, activos o servicios.
Una forma intermedia entre una asociación y una empresa, la GIE (Agrupación de Interés Económico) puede ser sin ánimo de lucro, pero permite realizar transacciones comerciales y obtener beneficios. Inscrita en el registro mercantil, se forma entre dos o más personas jurídicas o físicas, sin límite de miembros y con o sin capital. Puede ser utilizada por empresas que deseen aunar sus recursos para, por ejemplo, realizar estudios, comunicación o prospección de negocios en el extranjero.
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Estos trámites se realizan con los bancos socios de «Poste Maroc» según el siguiente esquema:
www.ae.gov.ma
Verificación de la elegibilidad de la actividad
Preinscripción en la web del Registro Nacional de Trabajadores Autónomos (rn.ae.gov.ma)
Preparando su expediente de registro
Presentar la solicitud en una de las ventanillas de los bancos asociados a Poste Maroc
Seguimiento en línea del progreso del caso
Obtener una tarjeta de presentación para autónomos